Ámbito de cobertura: República Argentina, limitado a la ubicación del riesgo declarada.
Actividad cubierta: Colonia de vacaciones
Asistencia médica y farmacéutica: Incluida hasta un 25% de la suma asegurada de Muerte. Sin franquicia.
Actividad amparada: Cobertura para colonias con uso de piletas habilitadas por la autoridad de control, con actividades a desarrollar bajo supervisión de personal idóneo en forma permanente.
Cobertura 24 hs dentro del predio: Se cubren los accidentes que los asegurados pudieren sufrir durante el desempeño de la actividad declarada las 24 hs del dia, dentro del predio habilitado por la autoridad de control para realizar actividades recreativas y deportivas para colonia de vacaciones.
Exclusiones: Traslados, transportes y cobertura de riesgo initinere. Lesiones crónicas, accidente cerebrovascular, muerte súbita, prótesis, órtesis. Actividades no supervisadas y natación en aguas abiertas. Todo siniestro acaecido fuera de los horarios de funcionamiento
Riesgo in-itinere: No incluido.
Importante: El predio y en particular el natatorio, deberá contar con horario de apertura y cierre, y cerco perimetral.
Edades asegurables: desde 1 hasta 95 años